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Resolución de 11 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad accidental de Alcobendas n.º 2, por la que suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
X 22009/boees-x-boe-a-2026-22009Oct 22, 2026
- Annex section segundo Apartado segundo. El recurso debe resolverse de acuerdo con la doctrina que resulta de las resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 12 de junio de 2020, confirmadas por otras muchas posteriores, citándose por todas la más reciente de 24 de noviembre de 2025
- Annex section tercero Apartado tercero. La regulación actual de nuestro Código Civil del régimen económico matrimonial se inspira en un principio general de libertad, que permite a los cónyuges pactar el régimen que estimen conveniente (artículo 1315) y celebrar entre sí toda clase de contratos (artículo 1323), pudiendo atribuir la condición de gananciales a cualesquiera bienes que adquieran a título oneroso durante su matrimonio (artículo 1355)
- Annex section cuarto Apartado cuarto. La posibilidad de que una persona casada pueda adquirir un inmueble con carácter privativo, cuando ambos cónyuges así lo pactan, reconociendo que todo el dinero empleado para el pago del precio de la compra es privativo del cónyuge adquirente, no puede subordinarse a que se acredite fehacientemente y mediante prueba documental pública
- Annex section quinto Apartado quinto. La presunción de ganancialidad del artículo 1361 del Código Civil no es una norma imperativa o de orden público, sino una norma que regula un medio de prueba que facilita acreditar la titularidad de los bienes de las personas casadas, por lo que los dos cónyuges, como únicas personas a las que en principio afecta la privatividad o ganancialidad de los bienes que adquieren, pueden excluir el juego de esa presunción, todo ello en el ejercicio de su libertad civil, que les permite pactar libremente lo que estimen conveniente en relación al carácter privativo o ganancial de los bienes y derechos que adquieren
- Annex section sexto Apartado sexto. La calificación registral, para suspender la inscripción de la compraventa, hace un gran esfuerzo para tratar de demostrar que la escritura calificada no es un caso análogo a los planteados en las resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 12 de junio de 2020, que han creado una doctrina que ha sido ratificada por otras muchas posteriores de ese Centro Directivo, pero una lectura desapasionada de la escritura y de las resoluciones expresadas permite comprobar que esta escritura de compraventa es un caso idéntico al de todas esas resoluciones que tienen fuerza vinculante para todos los Registradores de la Propiedad