X 22032/boe

Resolución de 19 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Ciudad Rodrigo, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca por haberse formulado alegaciones en la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, de las que se desprende la existencia de una contienda judicial.

Annex section primeroApartado primero. Identificación del expediente y objeto de la pretensión registral de coordinación

Annex section segundoApartado segundo. Antecedente esencial: resolución estimatoria previa de la DGSJFP y reapertura del expediente

Annex section terceroApartado tercero. Tramitación posterior: aportación de documentación y delimitación del verdadero ámbito de la controversia

Annex section cuartoApartado cuarto. Resolución recurrida de 20 de marzo de 2026: decisión de “inhibición” sin pronunciamiento registral propio del artículo 199 LH

Annex section quintoApartado quinto. Hecho nuevo y determinante: inexistencia de un procedimiento declarativo de dominio en curso; existencia, en su caso, de un intento de conciliación judicial

Annex section sextoApartado sexto. Escrito posterior del Registrador de 8 de abril de 2026: persistencia en la negativa a resolver y rechazo improcedente de la recurribilidad

Annex section séptimoApartado séptimo. Perjuicio actual y objeto del recurso