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🇪🇸 Spain
In force Resolución 1 units

Resolución de 1 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa de la registradora de la propiedad de Majadahonda n.º 1 a practicar el asiento de presentación de una escritura de elevación a público de un convenio regulador.

X 22033/boees-x-boe-a-2026-22033Oct 22, 2026

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  1. Article 246 apartado primero “…La prioridad registral de los títulos susceptibles de inscripción se determinará respecto de cada finca o derecho por el asiento de presentación en el que hará constar necesariamente: el momento en que éste se practique; el nombre y apellidos del presentante; el modo de ingreso, físico, telemático, o por correo, del título al que se refiere; el momento exacto de su recepción; la especie del título presentado, su fecha y autoridad o funcionario que lo expida; el derecho que se constituya, modifique, trasmita o extinga; la persona a cuyo favor se ha de practicar la inscripción, y la finca o fincas registrales a que se refiere. En caso de solicitud de constitución de hipoteca, se hará constar la responsabilidad por principal garantizada por cada finca…”

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Cite

X 22033/boe — citenza.io/law/es-x-boe-a-2026-22033

Official source
CCitenza

Source-grounded legal intelligence by Datons.

citenza.io