Resolución de 15 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de Grupo Generali España.
Article 53Formación e información
Es criterio de las partes firmantes del presente Convenio de Grupo y entidades vinculadas que la formación e información en materia de prevención, en los términos de los artículos 18, 19 y 20 de la Ley 31/1995, constituya parte de los programas y proyectos formativos que se desarrollen en las Empresas del Grupo y entidades vinculadas como complemento de la cualificación profesional y para favorecer la sensibilización en esta materia en todos los niveles de la empresa. La citada formación debe ser suficiente y adecuada en materia preventiva, tanto en el momento de la contratación de las personas trabajadoras, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios esenciales en las funciones que se desempeñen, o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación e información deberán estar centradas específicamente en el puesto de trabajo o función de cada personas trabajadoras, y adaptarse a la evolución de los riesgos y a la posible aparición de otros nuevos.