Annex section primeroApartado primero. Declaración de Lugar de Memoria Democrática
Se declara Lugar de Memoria Democrática el «Antiguo campo de concentración de La Magdalena».
Annex section segundoApartado segundo. Descripción
Identificación del bien: «Antiguo campo de concentración de La Magdalena». El edificio en el que se ubicó el campo, las antiguas Caballerizas del Palacio de La Magdalena, se encuentra integrado en el Conjunto Patrimonial del Palacio de La Magdalena, situado en la ciudad de Santander (Cantabria), y tiene actualmente uso de residencia de estudiantes. Sus coordenadas geográficas e indicación de su titularidad se relacionan a continuación:
a) Coordenadas geográficas: 43°28'05.7"N 3°46'07.0"W.
b) Titularidad: Ayuntamiento de Santander.
Annex section terceroApartado tercero. Publicidad
La resolución será notificada a los interesados directamente afectados y publicada en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, se inscribirá el bien en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática. La Declaración de Lugar de Memoria Democrática tendrá efectos a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Annex section cuartoApartado cuarto. Medidas de protección y difusión
En concreto, se establecen conforme al artículo 52.1 de la Ley de Memoria Democrática: – Medidas de protección: atendiendo a las circunstancias del bien, no se establecen medidas de protección específicas diferentes de las medidas generales de garantía en todo caso de perdurabilidad. – Medidas de difusión e interpretación: con una finalidad conmemorativa, de homenaje, didáctica y reparadora, la Administración General del Estado impulsará la realización de recursos audiovisuales y digitales explicativos y promoverá la instalación de placas, paneles o distintivo memorial interpretativo, así como se señalización de punto de reconocimiento de las víctimas indicando cuantos datos sean de interés para el conocimiento público de los hechos. El Portal web de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática recogerá su geolocalización y una ficha con fotografías y audiovisuales. – Asimismo, la Secretaría de Estado de Memoria Democrática desarrollará mecanismos institucionales para integrar este lugar de memoria en los circuitos internacionales que respondan a situaciones de construcción de memoria democrática semejantes.
Annex section quintoApartado quinto. Régimen de recursos
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o impugnarlo directamente, mediante recurso contencio so-a dministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de conformidad con el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Madrid, 21 de octubre de 2026.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez López. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid