Resolución de 19 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial Información General, SL.
Article 23Condiciones de empleo y contrataciones
1. La determinación, el establecimiento y las modificaciones de la plantilla, corresponden a la dirección de la empresa, de acuerdo con sus necesidades y en función de la innovación técnica, la racionalización del trabajo, el sistema de organización adoptado y el respeto a las normas legales que regulan la materia.
2. Durante el período de vigencia del presente convenio colectivo, la empresa solo podrá eliminar puestos de trabajo por las causas establecidas en el vigente Estatuto de los Trabajadores.
3. En cualquier caso, la empresa propiciará que, en igualdad de circunstancias y cuando existan candidatos que, según el exclusivo criterio de la dirección, cumplan con los requisitos y reúnan las condiciones de idoneidad al efecto, se prime la promoción profesional interna.