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Resolución de 21 de octubre de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Barcelona.
X 22770/boees-x-boe-a-2026-22770Oct 30, 2026
- Annex UNICO
- Annex section primero Apartado primero. Que uno de los objetivos fundamentales de la Universidad de Barcelona consiste en acercar la formación de sus alumnos a la realidad social y profesional en la que se desenvolverán, mediante la celebración de convenios con instituciones o entidades colaboradoras que permitan completar el proceso formativo ofreciendo la posibilidad de poner en práctica los conocimientos teóricos adquiridos facilitando, en consecuencia, la futura inserción laboral de los alumnos. Segundo. Que las prácticas académicas externas constituyen una actividad de naturaleza formativa realizada por los alumnos y supervisadas por la Universidad de Barcelona cuyo objetivo es permitir a los mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de habilidades que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento. Tercero. Que la Dirección General del Catastro, de conformidad con el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, tiene atribuida la función de mantenimiento de relaciones institucionales con instituciones públicas y privadas. Por su parte, las relaciones institucionales con la Universidad, en el caso de la realización de prácticas académicas externas, requiere la formalización de un convenio, de conformidad con las prescripciones del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios (BOE núm. 184, de 30 de julio), para establecer el marco permanente de colaboración que permita a los alumnos de la Universidad la realización de aquellas prácticas, ya sean curriculares o extracurriculares. Cuarto. Que la Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda ha informado favorablemente la formalización del presente convenio en fecha 17 de junio de 2026. Quinto. Que, de conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, se han emitido los correspondientes informes del Gabinete de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de fecha 30 de junio de 2026, y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local (Secretaría General de Coordinación Territorial, Secretaría de Estado de Política Territorial) del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, de fecha 8 de julio de 2026. Sexto. Que la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda ha autorizado, en fecha 9 de julio de 2026, la suscripción de este convenio, de conformidad con la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado. En consecuencia, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y en el citado Real Decreto 592/2014 por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, con sujeción a las siguientes
- Annex I
- Annex II