X 22850/boe

Resolución de 15 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Jerez de los Caballeros, por la que se suspende la inscripción de una escritura de adición de herencia, liquidación de sociedad conyugal, aceptación y adjudicación de herencia y segregación.

Annex section segundoApartado segundo. Esta parte lo que sí pretende es une rectificación de cabida de dos áreas y treinta y nueve centiáreas, en le finca registral número 8078 del término de Jerez de los Caballeros, que según el Registro tiene una cabida de cuatro hectáreas, cuarenta y nueve áreas y setenta y ocho centiáreas, y manifiestan y acreditan con la correspondiente Certificación Catastral, que la cabida real de la finca es de cuatro hectáreas, cincuenta y dos áreas y diecisiete centiáreas, de la rectificación de cabida se solicita de conformidad con el artículo 201.3.b) de la Ley Hipotecaria, pretendiéndose una mera rectificación de un dato erróneo