Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la novena Adenda del Convenio con la Generalitat de Cataluña, para la constitución del consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz de Sincrotrón.
Article 12Composición y naturaleza de la Comisión Ejecutiva
1. La Comisión Ejecutiva es el órgano de seguimiento y ejecución de las actividades del Consorcio y está integrado por los siguientes miembros:
a) Presidente: Ejercerá la Presidencia de la Comisión un vocal representante de las Administraciones consorciadas de los indicados en el apartado 1.b) de este artículo. La Presidencia será rotatoria por periodos anuales, de acuerdo con el mismo régimen establecido para el Consejo Rector, de manera que la Presidencia de la Comisión Ejecutiva recaiga en todo momento en la Administración que ejerce la Vicepresidencia del Consejo Rector.
b) Vocales:
Dos vocales de los representantes del Ministerio competente en materia de investigación en el Consejo Rector. Dos vocales de los representantes del Departamento competente en materia de investigación de la Generalitat de Cataluña en el Consejo Rector. Estos vocales serán designados por los titulares del Ministerio competente en materia de investigación y del Departamento competente en materia de investigación de la Generalitat de Cataluña, respectivamente.
c) El Director del Consorcio, con voz, pero sin voto.
d) Actuará como secretario quien ejerza tal función en el Consejo Rector, con voz pero sin voto.
2. A los miembros de la Comisión Ejecutiva les es de aplicación el mismo régimen que el establecido para los miembros del Consejo Rector en el artículo 8 de estos Estatutos.
3. La Comisión Ejecutiva podrá recabar el asesoramiento de especialistas en función de los temas a tratar.