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Energ�a solar.-Resoluci�n de 10 de enero de 2025, de la Direcci�n General de Industria, Energ�a y Minas, por la que se otorga autorizaci�n administrativa previa a la sociedad Planta Fotovoltaica El Nav�o, SL, para la planta fotovoltaica "El Nav�o", ubicada en el t�rmino municipal de Badajoz. Expte.: GE-M/37/22.
X 2025060090/doees-x-doe-2025-120-2025060090Jan 20, 2025
- Annex section primero Apartado primero. Con fecha de registro de entrada de 21 de septiembre de 2022, D. Fernando Gonz�lez Huete, en nombre y representaci�n de la sociedad Extensi�n Fotovoltaica, SL, present� solicitud de autorizaci�n administrativa previa para la instalaci�n fotovoltaica El Nav�o , ubicada en el t�rmino municipal de Badajoz, y sus infraestructuras de evacuaci�n de energ�a el�ctrica asociadas, acompa�ando el proyecto de construcci�n correspondiente. Segundo. Con fecha de 19 de febrero de 2024, la Direcci�n General de Industria, Energ�a y Minas de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible emite toma de raz�n de cambio de titularidad del expediente GE-M/37/22 a favor de la sociedad Planta fotovoltaica El Nav�o, SL. Tercero. Con fecha de 22 de julio de 2024, finaliz� el tr�mite de informaci�n p�blica del proyecto no habi�ndose presentado alegaciones. Cuarto. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de trans�porte, distribuci�n, comercializaci�n, suministro y procedi�mientos de autorizaci�n de instalaciones de energ�a el�ctrica, se dio traslado de las separatas correspondientes a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio p�blico o de inter�s general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, siendo, aceptados por el promotor los informes emitidos por los mismos. Dentro del citado tramite, con fecha 24 de julio de 2024, Enag�s Transporte, SAU, emite informe indicando la necesidad de modificar el trazado del tramo subterr�neo de la l�nea de evacuaci�n para situarse fuera de los 10 metros de servidumbre respecto al eje del gasoducto Almendralejo-Badajoz-Frontera con Portugal. Quinto. Con fecha de 15 de octubre de 2024, la Direcci�n General de Sostenibilidad de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible emite resoluci�n por la que se formula declaraci�n de impacto ambiental favorable sobre los proyectos de las instalaciones fotovoltaicas El Nav�o , Santa Amalia , San Telmo y Vegas Grandes , publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.� 208, de fecha 24 de octubre de 2024. La citada resoluci�n se emite tanto para las plantas de producci�n, como para la l�nea de evacuaci�n de cada uno de los proyectos incluidos. Sexto. Con fecha de registro de entrada de 22 de noviembre de 2024, D. Fernando Gonz�lez Huete, en nombre y representaci�n de la sociedad Planta fotovoltaica El Nav�o, SL, presenta escrito solicitando la emisi�n de autorizaci�n administrativa previa de la planta fotovoltaica que forman parte de la instalaci�n de producci�n, de manera independiente a la autorizaci�n de las infraestructuras de evacuaci�n asociadas, motivado por la necesidad de modificar dichas infraestructuras para el cumplimiento de los condicionantes establecidos en el informe emitido por Enag�s Transporte, SAU, referido en el antecedente de hecho cuarto; cuyos plazos de tramitaci�n har�an inviable el cumplimiento del hito administrativo establecido en el apartado 3.� del art�culo 1.1.b) del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ�a y en otros �mbitos para la reactivaci�n econ�mica. Al citado escrito se acompa�a adenda al proyecto de ejecuci�n por la que se modifica el trazado de la l�nea de evacuaci�n. S�ptimo. Con fecha 18 de diciembre de 2024, la Direcci�n General de Sostenibilidad emite comunicado en el que se indica que las modificaciones planteadas no son objeto de una evaluaci�n ambiental ordinaria, de acuerdo con el art�culo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluaci�n ambiental, ni tienen efectos significativos adversos sobre el medio ambiente. Octavo. Con fecha de registro de entrada de 20 de diciembre de 2024, D. Fernando Gonz�lez Huete, en representaci�n de la sociedad Planta fotovoltaica El Nav�o, SL, complet� la documentaci�n necesaria para la obtenci�n de la autorizaci�n administrativa previa de la instalaci�n de referencia. A estos antecedentes de hecho, les son de aplicaci�n los siguientes,
- Annex section primero Apartado primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del art�culo 9 del Estatuto de Autonom�a, modificado por Ley Org�nica 1/2011, de 28 de enero, la Comunidad Aut�noma de Extremadura tiene competencias exclusivas en materia de instalaciones de producci�n, almacenamiento, distribuci�n y transporte de energ�as de cualquier tipo en su territorio, incluida la el�ctrica cuando el aprovechamiento de �sta no afecte a otras Comunidades Aut�nomas. En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominaci�n, el n�mero y las competencias de las Consejer�as que conforman la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, as� como lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece su estructura org�nica b�sica, y el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura org�nica de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, corresponde a la Direcci�n General de Industria, Energ�a y Minas todas las funciones relacionadas con la direcci�n de las pol�ticas de industria, energ�a y minas. Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el art�culo 6.2 del Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, la competencia para adoptar la presente resoluci�n corresponde a la Direcci�n General de Industria, Energ�a y Minas. Segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector El�ctrico, determina que la construcci�n, puesta en funcionamiento, y modificaci�n de las instalaciones de generaci�n, transporte y distribuci�n de energ�a el�ctrica est�n sometidas, con car�cter previo, al r�gimen de autorizaciones establecido en el art�culo 53 de la ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo. Asimismo de conformidad con lo establecido en el t�tulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los tr�mites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones recibidas durante la instrucci�n del procedimiento, as� como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones P�blicas, organismos y empresas de servicio p�blico o de servicios de inter�s general, el �rgano sustantivo emitir� la resoluci�n pertinente. Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los tr�mites preceptivos en la legislaci�n vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Direcci�n General,