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Impacto ambiental.-Resoluci�n de 11 de enero de 2025, de la Direcci�n General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorizaci�n ambiental unificada al proyecto de instalaci�n de valorizaci�n de residuos no peligrosos mediante producci�n de biog�s, promovido por El Encinar de Humienta, SA, en los t�rminos municipales de Almaraz y Belv�s de Monroy.
X 2025060092/doees-x-doe-2025-120-2025060092Jan 20, 2025
- Annex section primero Apartado primero. Con fecha 3 de febrero de 2023 tiene entrada en el Registro �nico de la Junta de Extremadura, la solicitud de autorizaci�n ambiental unificada (AAU) para la instalaci�n y puesta en marcha de una instalaci�n de valorizaci�n de residuos no peligrosos mediante producci�n de biog�s, promovida por El Encinar de Humienta, SA, en los t�rminos municipales de Almaraz y Belv�s de Monroy. Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del �mbito de aplicaci�n de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, concretamente en la categor�a 9.1 del anexo II correspondientes a instalaciones para la valorizaci�n o eliminaci�n, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I. La actividad se ubicar� al noreste de Almaraz y al noroeste de Belv�s de Monroy, en la parcela 7 del pol�gono 2 de Almaraz y en la parcela 3 del pol�gono 1 de Belv�s de Monroy. Las referencias catastrales son 10019A002000070000WQ y 10027A001000030000XL, respectivamente. Tercero. Una vez aportada la totalidad de la documentaci�n preceptiva para el tr�mite del expediente, se publica Anuncio de fecha 24 de enero de 2024 en la p�gina web del �rgano ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n�mero 27, de 7 de febrero de 2024), poniendo a disposici�n del p�blico, durante un plazo de 20 d�as, la informaci�n relativa al procedimiento de solicitud de autorizaci�n ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura. Cuarto. Mediante escritos registrados con fecha 30 de enero y 9 de septiembre de 2024 se remite la solicitud de AAU a los Ayuntamientos de Almaraz y Belv�s de Monroy, respectivamente a fin de solicitarles el informe t�cnico sobre la adecuaci�n de la instalaci�n analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el art�culo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril. En ninguno de los casos los ayuntamientos consultados han remitido respuesta a la solicitud, por lo que de conformidad con lo establecido en el punto 6 del citado art�culo se prosigui� con las actuaciones del procedimiento de autorizaci�n. Quinto. Con fecha 25 de septiembre de 2024 se emite resoluci�n de la Direcci�n General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de planta de valorizaci�n de residuos mediante digesti�n anaerobia para producir biog�s a ubicar en los t�rminos municipales de Almaraz y Belv�s de Monroy promovido por El Encinar de Humienta, SA. IA23/0677. Este informe se anexa al presente documento. Sexto. Finalizado el periodo de informaci�n p�blica, recibidos los informes indicados en los apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisi�n de los mismos el jefe de servicio competente en materia de autorizaciones ambientales, tras realizar una evaluaci�n ambiental del proyecto en su conjunto y considerando los informes y las alegaciones u observaciones recabadas, as� como los posibles efectos sin�rgicos de la puesta en marcha y funcionamiento de la instalaci�n con otras que pudieran existir en su entorno, elabor� propuesta de resoluci�n, y fue notificada, 5 de diciembre de 2024, a El Encinar de Humienta, SA, y a los Ayuntamientos de Almaraz y Belv�s de Monroy, respectivamente para que, en un plazo m�ximo de diez d�as, manifestasen lo que tuvieran por conveniente respecto a su contenido. S�ptimo. Con fecha 13 de diciembre de 2024, El Encinar de Humienta, SA, remite escrito de alegaciones a la propuesta de resoluci�n a la que hace referencia el punto anterior. Estas alegaciones han sido consideradas en la presente resoluci�n. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicaci�n los siguientes,
- Annex section primero Apartado primero. Es �rgano competente para la resoluci�n del presente procedimiento la Direcci�n General de Sostenibilidad de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible, en virtud de lo dispuesto en el art�culo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y de conformidad con el art�culo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura org�nica de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura. Segundo. Conforme a lo establecido en el art�culo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se somete a autorizaci�n ambiental unificada la construcci�n, montaje, explotaci�n, traslado o modificaci�n sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el anexo II de la citada ley. La actividad proyectada se encuentra incluida en el anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protecci�n Ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, concretamente en la categor�a 9.1 del anexo II correspondientes a Instalaciones para la valorizaci�n o eliminaci�n, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I. A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habi�ndose dado debido cumplimiento a todos los tr�mites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el art�culo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernizaci�n de la Administraci�n P�blica y para la ejecuci�n del Plan de Recuperaci�n, Transformaci�n y Resiliencia, la Direcci�n General de Sostenibilidad,
- Annex I
- Annex II
- Annex III
- Annex section primero Apartado primero. Se emite informe favorable al proyecto Planta de valorizaci�n de residuos no peligrosos mediante digesti�n anaerobia para producir biog�s , a los efectos del art�culo 75 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, seg�n la siguiente normativa,
- Annex section segundo Apartado segundo. Que, no obstante, lo anterior, se tramitar� en el Servicio de Regad�os el correspondiente expediente de desafecci�n de riego de la parcela correspondiente de la Zona Regable del Canal Derivado del Pantano de Valdeca�as, antes de comenzar la construcci�n de cualquier edificaci�n