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Energ�a el�ctrica.-Resoluci�n de 16 de enero de 2025, del Servicio de Ordenaci�n Industrial, Energ�tica y Minera, por la que se otorga autorizaci�n administrativa previa a Distribuidora El�ctrica Carri�n, SL, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "CT La Charca nuevo de 250 KVA en Esparragalejo (Badajoz)". Expte.: 06/AT-01191/18418.

X 2025060158/doees-x-doe-2025-180-2025060158Jan 28, 2025

  1. Annex section primero Apartado primero. Con fecha 30/05/2024, Distribuidora El�ctrica Carri�n, SL, present� la solicitud indicada en el encabezamiento de la presente resoluci�n, obteni�ndose resultado favorable en la comprobaci�n de la misma y de su documentaci�n adjunta. Segundo. De conformidad con lo establecido en la legislaci�n vigente, se realizaron los tr�mites indicados a continuaci�n: � Informaci�n p�blica del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo realizadas publicaciones en los siguientes medios: Diario Oficial de Extremadura: 13 de noviembre de 2024. � Informaci�n a otras Administraciones P�blicas y empresas de servicio p�blico o de inter�s general, al objeto de que, en relaci�n con bienes y derechos a su cargo afectados por el proyecto o aspectos de su competencia, manifestaran su conformidad u oposici�n y establecieran los condicionados t�cnicos correspondientes. � No es de aplicaci�n ning�n tr�mite de evaluaci�n de impacto ambiental de acuerdo con lo establecido en la legislaci�n vigente. Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo siguiente: � Durante el tr�mite de informaci�n p�blica han sido presentadas alegaciones. � No se han recibido condicionados por las Administraciones P�blicas y empresas de servicio p�blico o de inter�s general
  2. Annex section segundo Apartado segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector El�ctrico, determina que la construcci�n, puesta en funcionamiento, y modificaci�n de las instalaciones de generaci�n, transporte y distribuci�n de energ�a el�ctrica est�n sometidas, con car�cter previo, al r�gimen de autorizaciones establecido en el art�culo 53 de la Ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo. De conformidad con lo establecido en el t�tulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los tr�mites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones que se hubieran recibido durante la instrucci�n del procedimiento, as� como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones P�blicas, organismos y empresas de servicio p�blico o de servicios de inter�s general, el �rgano sustantivo emitir� la resoluci�n pertinente, en la que se solventar�n las problem�ticas o discrepancias surgidas con motivo de las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que no hubieran quedado solventadas con anterioridad al tr�mite de resoluci�n. En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, as� como tampoco oposiciones o condicionados por las Administraciones P�blicas o entidades afectadas. Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los tr�mites preceptivos en la legislaci�n vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio