🇪🇸 Spain
5 units
Autorizaci�n ambiental.-Resoluci�n de 13 de diciembre de 2024, de la Direcci�n General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorizaci�n ambiental unificada al proyecto de gesti�n y valorizaci�n de residuos, promovido por Jos� Antonio Rodr�guez Vivas, en el t�rmino municipal de Malpartida de Plasencia.
X 2024064226/doees-x-doe-2025-20-2024064226Jan 3, 2025
- Annex section primero Apartado primero. Con fecha 16 de octubre de 2023 tiene entrada en el Registro �nico de la Junta de Extremadura, la solicitud de autorizaci�n ambiental unificada (AAU) para una instalaci�n de gesti�n y valorizaci�n de residuos, promovido por Jos� Antonio Rodr�guez Vivas, en el t�rmino municipal de Malpartida de Plasencia. Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del �mbito de aplicaci�n de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y, concretamente en las categor�as 9.1 y 9.6 del anexo II correspondientes a instalaciones para la valorizaci�n o eliminaci�n, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I e Instalaciones de gesti�n de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidas en el Anexo I, mediante almacenamiento de estos, con car�cter previo a su valorizaci�n o eliminaci�n, excepto los puntos limpios, respectivamente. La actividad se ubicar� en una nave situada en pol�gono 29, parcela 65, de Malpartida de Plasencia (C�ceres). El acceso, se realiza a trav�s de la carretera EX108. La referencia catastral de la parcela es: 10119A029000650000FO. Tercero. Una vez aportada la totalidad de la documentaci�n preceptiva para el tr�mite del expediente, se publica Anuncio de fecha 16 de marzo de 2024 en la p�gina web del �rgano ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n�mero 59, de 25 de marzo), poniendo a disposici�n del p�blico, durante un plazo de 20 d�as, la informaci�n relativa al procedimiento de solicitud de autorizaci�n ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura. No se han recibido alegaciones al proyecto. Cuarto. Simult�neamente al periodo de informaci�n p�blica, mediante escrito registrado de fecha 15 de marzo de 2024, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia, a fin de solicitarle el informe t�cnico sobre la adecuaci�n de la instalaci�n analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el art�culo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril. El Ayuntamiento no ha remitido el informe solicitado. Quinto. Con fecha 15 de octubre de 2024 se emite Resoluci�n de la Direcci�n General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de gesti�n y valorizaci�n de residuos, en el t�rmino municipal de Malpartida de Plasencia, cuyo promotor es Jos� Antonio Rodr�guez Vivas. El n�mero de expediente es IA23/1917. Este informe se anexa al presente documento. Sexto. Finalizado el periodo de informaci�n p�blica, recibidos los informes indicados en los apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisi�n de los mismos el jefe de servicio competente en materia de autorizaciones ambientales, tras realizar una evaluaci�n ambiental del proyecto en su conjunto y considerando los informes y las alegaciones u observaciones recabadas, as� como los posibles efectos sin�rgicos de la puesta en marcha y funcionamiento de la instalaci�n con otras que pudieran existir en su entorno, elabor� propuesta de resoluci�n, y fue notificada, el 21 de noviembre de 2024, a Jos� Antonio Rodr�guez Vivas y al Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia, respectivamente para que, en un plazo m�ximo de diez d�as, manifestasen lo que tuvieran por conveniente respecto a su contenido. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicaci�n los siguientes,
- Annex section primero Apartado primero. Es �rgano competente para la resoluci�n del presente procedimiento la Direcci�n General de Sostenibilidad de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible, en virtud de lo dispuesto en el art�culo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y de conformidad con el art�culo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura org�nica de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura. Segundo. Conforme a lo establecido en el art�culo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se somete a autorizaci�n ambiental unificada la construcci�n, montaje, explotaci�n, traslado o modificaci�n sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el anexo II de la citada Ley. La actividad proyectada se encuentra dentro del �mbito de aplicaci�n de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protecci�n Ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y, concretamente en las categor�as 9.1 y 9.6 del anexo II correspondientes a Instalaciones para la valorizaci�n o eliminaci�n, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I e Instalaciones de gesti�n de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidas en el Anexo I, mediante almacenamiento de estos, con car�cter previo a su valorizaci�n o eliminaci�n, excepto los puntos limpios, respectivamente. A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habi�ndose dado debido cumplimiento a todos los tr�mites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el art�culo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernizaci�n de la Administraci�n P�blica y para la ejecuci�n del Plan de Recuperaci�n, Transformaci�n y Resiliencia, la Direcci�n General de Sostenibilidad,
- Annex I
- Annex II
- Annex III