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Autorizaci�n ambiental.-Resoluci�n de 4 de febrero de 2025, de la Direcci�n General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorizaci�n ambiental unificada al proyecto de f�brica de carb�n vegetal, promovido por Ram�n Rodr�guez Borrallo, en el t�rmino municipal de Higuera de Vargas.

X 2025060321/doees-x-doe-2025-300-2025060321Feb 13, 2025

  1. Annex section primero Apartado primero. Con fecha 30 de mayo de 2022 tiene entrada en el Registro �nico de la Junta de Extremadura, la solicitud de autorizaci�n ambiental unificada (AAU) para proyecto de f�brica de carb�n vegetal, promovido por Ram�n Rodr�guez Borrallo, en el t�rmino municipal de Higuera de Vargas (Badajoz). Segundo. Esta actividad est� incluida en el �mbito de aplicaci�n de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, en particular en la categor�a 4.1 del anexo II, relativa a Instalaciones para la fabricaci�n de combustibles s�lidos, l�quidos o gaseosos, no incluidas en el anexo I . En el anexo I se incluye un resumen de la actividad. Tercero. La instalaci�n se proyecta en la parcela 115 el pol�gono 8 del t�rmino municipal de Higuera de Vargas (Badajoz). Las Coordenadas UTM USO 29 son X: 675031.25 ; Y: 4253610.61. Cuarto. El �rgano ambiental publica Anuncio de fecha 27 de diciembre de 2022 en su sede electr�nica y en el Diario Oficial de Extremadura, poniendo a disposici�n del p�blico, durante un plazo de 20 d�as, la informaci�n relativa al procedimiento de solicitud de autorizaci�n ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernizaci�n de la Administraci�n P�blica y para la ejecuci�n del Plan de Recuperaci�n, Transformaci�n y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han recibido alegaciones. Quinto. Conforme al procedimiento establecido, en el art�culo 16.4, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protecci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernizaci�n de la Administraci�n P�blica y para la ejecuci�n del Plan de Recuperaci�n, Transformaci�n y Resiliencia, se le solicita al Ayuntamiento de Higuera de Vargas, mediante escrito de fecha 27 de diciembre de 2022, que emita informe t�cnico sobre la adecuaci�n de la instalaci�n analizada, a todos aquellos aspectos que sean de su competencia. Se recibe informe del Ayuntamiento de Higuera de Vargas de 29 de noviembre de 2022 que indica: En consecuencia, se informa que la compatibilidad urban�stica del proyecto con el planeamiento urban�stico, resulta favorable respecto al uso.. .. Sexto. Con fecha de 16 de enero de 2025, la Direcci�n General de Sostenibilidad emiti� informe de afecci�n a Red Natura 2000 relativo al proyecto de para la fabricaci�n de carb�n vegetal en la parcela 115 del pol�gono 8 del t�rmino municipal de Higuera de Vargas (Badajoz), en el que se informa que, de acuerdo con la informaci�n disponible en el Servicio de Conservaci�n de la Naturaleza y �reas Protegidas: La actuaci�n no se encuentra dentro de los l�mites de ning�n espacio incluido en Red Natura 2000, ni se prev� que pueda afectar de forma apreciable a los mismos o a sus valores ambientales. S�ptimo. Para dar cumplimiento al art�culo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril y al art�culo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com�n de las Administraciones P�blicas, esta DGS se dirigi� mediante escritos de 19 de noviembre de 2024 a Ram�n Rodr�guez Borrallo y al Ayuntamiento de Higuera de Vargas y a las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible que forman parte del Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Aut�noma de Extremadura con objeto de proceder al tr�mite de audiencia a los interesados, sin que se hayan presentado alegaci�n alguna
  2. Annex section primero Apartado primero. Es �rgano competente para la resoluci�n de la autorizaci�n ambiental unificada del proyecto la Direcci�n General de Sostenibilidad de la Consejer�a de Agricultura, Ganader�a y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura. Segundo. Esta actividad est� incluida en el �mbito de aplicaci�n de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de prevenci�n y calidad ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, en particular en la categor�a 4.1. del anexo II la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a instalaciones para la fabricaci�n de combustibles s�lidos, l�quidos o gaseosos, no incluidas en el anexo I, por lo tanto, debe contar con AAU para ejercer la actividad. Tercero. Conforme a lo establecido en el art�culo 14.2 de la Ley 16/2015 y en el art�culo 2 del Reglamento de autorizaciones y comunicaci�n ambiental de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, se somete a autorizaci�n ambiental unificada la construcci�n, montaje, explotaci�n, traslado o modificaci�n sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el anexo II del citado reglamento
  3. Annex I
  4. Annex II