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Comit� Extreme�o contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia.-Resoluci�n de 18 de febrero de 2025, de la Consejera, por la que se inicia el procedimiento de elecci�n de las vocal�as de entidades del Comit� Extreme�o contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia.
X 2025060521/doees-x-doe-2025-400-2025060521Feb 27, 2025
- Annex section primero Apartado primero. Con fecha 20 de julio de 2022, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprueba el Decreto 99/2022 por el que se regula el Comit� Extreme�o contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia. Este decreto se publica en el Diario Oficial de Extremadura n.� 143, con fecha 26 de julio de 2022. Segundo. El Comit� Extreme�o contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia (en adelante, el Comit�) es un �rgano colegiado, de debate y participaci�n social, adscrito al Instituto de la Juventud de Extremadura, que promueve los valores de solidaridad y respeto a la diversidad en el �mbito de los derechos humanos entre la juventud extreme�a. Tercero. Por Resoluci�n de fecha 10 de febrero de 2023 de la entonces Consejera de Igualdad y Cooperaci�n para el desarrollo se nombr� a entidades para formar parte del citado Comit� por el t�rmino de dos a�os
- Annex section primero Apartado primero. Por Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominaci�n y las competencias de las Consejer�as que conforman la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura (DOE n�m. 140, de 21 de julio), se atribuye en su art�culo 2 a la Consejer�a de Cultura, Turismo, J�venes y Deportes las competencias en materia de patrimonio y promoci�n cultural, turismo, juventud y deportes. El Decreto 236/2023, de 12 de septiembre (DOE extraordinario n�m. 3, de 16 de septiembre), por el que se establece la estructura org�nica de la Consejer�a de Cultura, Turismo, J�venes y Deportes, en su art�culo 7.3, adscribe el IJEX a la Direcci�n General de J�venes y Deportes, para el ejercicio de las competencias en materia de juventud. Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el art�culo 4.1.d).8� del Decreto 99/2022, de 20 de julio, formar�n parte del Comit�, como vocales, diez entidades elegidas de conformidad con el procedimiento previsto en el art�culo 5 del citado decreto. Tercero. El art�culo 5.1 del Decreto 99/2022, de 20 de julio, establece que las entidades que opten a formar parte del Comit� como vocales deber�n reunir los siguientes requisitos: a. Encontrarse legalmente constituidas e inscritas en el registro p�blico correspondiente de acuerdo con su naturaleza y personalidad jur�dica en el caso que fuera exigible dicho requisito. b. Desarrollar sus actividades en el �mbito territorial de la Comunidad Aut�noma de Extremadura . Cuarto. El art�culo 5.2 del citado Decreto 99/2022, de 20 de julio, establece que podr�n formar parte del Comit�, preferentemente, entidades que contemplen entre sus fines, de acuerdo con sus Estatutos, la defensa de alguno de los siguientes valores: a. Derechos Humanos. b. Diversidad afectivo-sexual. c. Igualdad entre mujeres y hombres. d. Luchas contra la violencia de g�nero. e. Personas con discapacidad. f. Minor�as �tnicas. g. Personas migrantes y refugiadas . Quinto. De acuerdo con lo previsto en el art�culo 5.3. del Decreto 99/2022, de 20 de julio, se proceder� la apertura de elecci�n de entidades vocales en el supuesto de renovaci�n por la finalizaci�n del mandato, supuesto �ste en el que nos encontramos tras la expiraci�n del t�rmino de dos a�os del mandato de las diez entidades nombradas mediante la Resoluci�n de fecha 10 de febrero de 2023, mencionada en los antecedentes de hecho. Sexto. De conformidad con lo previsto por el art�culo 5.4 del reiterado Decreto 99/2022, de 20 de julio, el procedimiento de elecci�n de entidades vocales del Comit� se iniciar� de oficio mediante resoluci�n de la persona titular de la Consejer�a competente en materia de juventud, en la que se conceder� un plazo, no inferior a 15 d�as, para la presentaci�n de candidaturas a las vocal�as del Comit� que sean objeto de nombramiento, por tratarse de la renovaci�n del Comit� por finalizaci�n del mandato. La resoluci�n de inicio del procedimiento ser� difundida de forma adecuada, public�ndose en el Diario Oficial de Extremadura y en la p�gina web del Instituto de la Juventud de Extremadura. S�ptimo. En virtud de lo dispuesto en el art�culo 5.5 del Decreto 99/2022, de 20 de julio, precitado las candidaturas podr�n presentarse por la entidad que se postula a la vocal�a, as� como por �rganos y organismos aut�nomos de la Junta de Extremadura. En los casos en que la candidatura se presente por �rgano, organismo o entidad diferente de la entidad postulada, esta proposici�n ir� acompa�ada de manifestaci�n expresa de la voluntad favorable a la participaci�n en el proceso de selecci�n de la propia entidad propuesta. Las entidades podr�n participar en el procedimiento de selecci�n de vocales mediante la cumplimentaci�n del formulario adjunto como anexo de esta resoluci�n y que se insertar� en la p�gina web del Instituto de la Juventud de Extremadura, https://juventudextremadura.juntaex.es/web/comite-extremeno-contra-el-racismo--la-xenofobia-y-la-intolerancia . Este formulario deber� dirigirse a la persona titular de la Direcci�n General del Instituto de la Juventud de Extremadura y registrarse mediante el Registro Electr�nico General de la Junta de Extremadura, a trav�s de la direcci�n: https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, o en cualquier otro Registro Electr�nico de las Administraciones P�blicas de acuerdo con lo dispuesto en el art�culo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com�n de las Administraciones P�blicas. Octavo. De conformidad con el art�culo 5.6 del Decreto 99/2022, de 20 de julio, una vez concluido el plazo de presentaci�n de candidaturas el Instituto de la Juventud de Extremadura proceder� a realizar la selecci�n de las entidades postuladas mediante un orden de prelaci�n que atender� a los siguientes criterios:
- Annex section primero Apartado primero. Iniciar de oficio el procedimiento de selecci�n de entidades vocales del Comit� Extreme�o contra el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia, en virtud de la finalizaci�n del mandato de las vocal�as nombradas mediante Resoluci�n de fecha 10 de febrero de 2023, de la entonces Consejera de Igualdad y Cooperaci�n para el Desarrollo. Segundo. Conceder un plazo de 15 d�as h�biles para la presentaci�n de las candidaturas a las vocal�as de entidades del Comit�. Tercero. Publ�quese en el Diario Oficial de Extremadura y en la p�gina web del Instituto de la Juventud de Extremadura (http://juventudextremadura.juntaex.es/web/ ), de conformidad con lo previsto en el �ltimo p�rrafo del art�culo 5.4 del Decreto 99/2022, de 20 de julio, por el que se regula el Comit� Extreme�o contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia. Contra la presente resoluci�n que pone fin a la v�a administrativa, se podr� interponer potestativamente recurso de reposici�n ante la Consejera de Cultura, Turismo, J�venes y Deportes, en el plazo de un mes, contado a partir del d�a siguiente a su publicaci�n, tal y como disponen los art�culos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y los art�culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com�n de las Administraciones P�blicas. Asimismo, podr� tambi�n interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el d�a siguiente al de la publicaci�n de la presente resoluci�n, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los art�culos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci�n Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de la interposici�n del recurso extraordinario de revisi�n en los supuestos y en los plazos que se�ala el art�culo 125 de la citada Ley del Procedimiento Administrativo, y de la posibilidad de ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. M�rida, 18 de febrero de 2025. La Consejera de Cultura, Turismo, J�venes y Deportes,
- Annex I