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Actividad Empresarial. Ayudas.-Resoluci�n de 11 de diciembre de 2024, de la Secretar�a General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extreme�as denominado "Cheque Exporta" correspondiente al ejercicio 2025.
X 2024064189/doees-x-doe-2025-80-2024064189Jan 14, 2025
- Annex section primero Apartado primero. Con fecha 29 de julio de 2024, se public� en el DOE n�m. 146, el Decreto 69/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extreme�as denominado Cheque Exporta y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024. Segundo. El referido decreto tiene la finalidad lograr el asesoramiento personalizado por parte de personas expertas en comercio internacional para ayudar a las empresas que se inician en los procesos de internacionalizaci�n, a identificar oportunidades de mercado, comprender los requisitos legales y aduaneros de los pa�ses de destino, y desarrollar estrategias de entrada a nuevos mercados. Tercero. Con esta finalidad las ayudas se configuran como un apoyo para dotar a las empresas que se est�n iniciando en mercados internacionales de instrumentos de an�lisis de la empresa, a trav�s de especialistas en comercio exterior, que permitir�, mediante la realizaci�n de un plan de internacionalizaci�n y la elaboraci�n de una hoja de ruta, acceder y/o evolucionar en mercados exteriores. Las ayudas reguladas en el presente Decreto tienen un efecto incentivador, de modo tal que, gracias a ellas, la empresa extreme�a pueda emprender sus actividades de internacionalizaci�n. El procedimiento para la concesi�n de estas ayudas ser� el de concesi�n directa mediante convocatoria abierta, en los t�rminos establecidos en el cap�tulo III del t�tulo II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, por tratarse de subvenciones destinadas a fomentar el proceso de internacionalizaci�n de las empresas extreme�as. Cuarto. Con la presente resoluci�n, se da continuidad a las ayudas de impulso de la internacionalizaci�n facilitando el acceso a mercados exteriores de empresas extreme�as efectuando la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025
- Annex section primero Apartado primero. La competencia para dictar la presente resoluci�n, corresponde a la persona titular de la Secretar�a General de la Consejer�a de Econom�a, Empleo y Transformaci�n Digital, en raz�n de las competencias atribuidas, y en virtud de lo dispuesto en el art�culo 29 en relaci�n con el art�culo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura al establecer que el procedimiento para la concesi�n de subvenciones se inicia siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por resoluci�n del titular de la secretaria general competente. Segundo. Seg�n lo previsto en el art�culo 4 del Decreto 69/2024 el procedimiento de concesi�n de las ayudas se realizar� en r�gimen de concesi�n directa, mediante convocatoria abierta. De conformidad con lo establecido en el art�culo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, ser�n �rganos competentes para conceder las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejer�as de la Junta de Extremadura, no obstante esa competencia ha sido delegada en la Secretar�a General de Econom�a, Empresa y Comercio mediante Resoluci�n de 10 de agosto de 2023, de la Secretar�a General, por la que se delegan de competencias en materias de subvenciones. (DOE n�m. 157, de 16 de agosto). Tercero. Esta convocatoria deber� ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, as� como tambi�n en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en la materia, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Por todo lo anteriormente expuesto y en base a la propuesta emitida por el Secretario General de Econom�a, Empresa y Comercio de fecha 29 de noviembre de 2024 para efectuar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 de este tipo de ayudas,
- Annex section primero Apartado primero. Objeto
- Annex section segundo Apartado segundo. Beneficiarios
- Annex section tercero Apartado tercero. Requisitos para ser beneficiario
- Annex section cuarto Apartado cuarto. Procedimiento de concesi�n de ayudas
- Annex section quinto Apartado quinto. Actividades y gastos subvencionables
- Annex section sexto Apartado sexto. Condiciones espec�ficas de elegibilidad
- Annex section octavo Apartado octavo. Comunicaciones entre la Administraci�n y los solicitantes
- Annex section noveno Apartado noveno. Solicitudes de ayudas y forma de presentaci�n
- Annex section decimotercero Apartado decimotercero. Ejecuci�n y pago de las inversiones
- Annex section decimocuarto Apartado decimocuarto. Justificaci�n y pago de las ayudas
- Annex section decimoquinto Apartado decimoquinto. Financiaci�n de las ayudas
- Annex section decimosexto Apartado decimosexto. Eficacia y recursos