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Conciliaci�n familiar. Ayudas.-Resoluci�n de 10 de septiembre de 2026, de la Secretar�a General de la Vicepresidencia y Consejer�a de Presidencia, Coordinaci�n de la Acci�n de Gobierno, Interior y Emergencias, por la que se convocan las ayudas econ�micas destinadas a personas trabajadoras aut�nomas y pymes dirigidas a la conciliaci�n de la vida laboral y familiar para la anualidad 2026.
X 2026062356/doees-x-doe-2026-1860-2026062356Sep 25, 2026
- Annex section primero Apartado primero. El Estatuto de Autonom�a de Extremadura en su redacci�n dada por la Ley Org�nica 1/2011, de 28 de enero (BOE n�m. 25, de 29 de enero) establece como uno de los principios rectores de los poderes p�blicos extreme�os, considerar un objetivo irrenunciable que informar� todas las pol�ticas regionales y la pr�ctica de las instituciones, la plena y efectiva igualdad de la mujer en todos los �mbitos de la vida p�blica, familiar, social, laboral, econ�mica y cultural. Asimismo, remover�n los obst�culos que impidan o dificulten la igualdad real y efectiva mediante las medidas de acci�n positiva que resulten necesarias . Asimismo, la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de G�nero en Extremadura (DOE n�m. 59, de 25 de marzo), en su art�culo 3 establece que, para lograr sus objetivos, los principios generales de actuaci�n de los poderes p�blicos de Extremadura, en el marco de sus competencias, ser�n, entre otros:
- Annex section primero Apartado primero. La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en el Decreto 87/2025, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas econ�micas destinadas a personas trabajadoras aut�nomas y pymes dirigidas a la conciliaci�n de la vida laboral y familiar y se aprueba la primera convocatoria (DOE n.� 164, de 26 de agosto). Segundo. De conformidad con lo previsto en el art�culo 9 del Decreto 87/2025, de 29 de julio, el procedimiento para la concesi�n de estas ayudas se tramitar� en r�gimen de concesi�n directa mediante convocatoria abierta, conforme a lo establecido en el art�culo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, en virtud del cual las ayudas se ir�n concediendo conforme se vayan solicitando en base a los requisitos establecidos en el mencionado decreto. Tercero. Mediante Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominaci�n, el n�mero y las competencias de las Consejer�as que conforman la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, se atribuye a la Presidencia de la Junta de Extremadura, entre otras, las competencias en materia de mujer, conciliaci�n e igualdad de trato y no discriminaci�n de las personas LGTBI. Asimismo, el Decreto 103/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura org�nica de la Presidencia de la Junta de Extremadura en concordancia con el Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura org�nica b�sica de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, atribuye a la Secretar�a General de Igualdad y Conciliaci�n, la planificaci�n y desarrollo de las pol�ticas de igualdad y conciliaci�n, promoviendo medidas sustentadas en la transversalidad de las pol�ticas p�blicas, dirigidas a prevenir y combatir la discriminaci�n entre mujeres y hombres, as� como el desarrollo de medidas y acciones dirigidas a erradicar la violencia de g�nero. Seg�n lo dispuesto en el mencionado Decreto 103/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura org�nica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, respecto de las competencias de la Presidencia, corresponde a la persona titular de la Secretar�a General de la Vicepresidencia y Consejer�a de Presidencia, Coordinaci�n de la Acci�n de Gobierno, Interior y Emergencias, el ejercicio de las competencias que en materia de subvenciones confiere la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura, a las Secretar�as Generales de las Consejer�as. Conforme a ello, la competencia para dictar la presente resoluci�n corresponde a la persona titular de la Secretar�a General de la Vicepresidencia y Consejer�a de Presidencia, Coordinaci�n de la Acci�n de Gobierno, Interior y Emergencias. Por todo lo anteriormente expuesto, a la vista de la propuesta de resoluci�n de la Secretar�a General de Igualdad y Conciliaci�n, de los requisitos previstos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut�noma de Extremadura y dem�s normativa aplicable al efecto, en ejercicio de las competencias que me son conferidas,
- Annex section primero Apartado primero. Objeto
- Annex section segundo Apartado segundo. Personas beneficiarias y requisitos
- Annex section tercero Apartado tercero. Actuaciones subvencionables
- Annex section cuarto Apartado cuarto. R�gimen comunitario e incompatibilidad con otras subvenciones
- Annex section quinto Apartado quinto. Procedimiento de concesi�n y convocatoria
- Annex section sexto Apartado sexto. Plazo y forma de presentaci�n. Documentaci�n
- Annex section octavo Apartado octavo. Cuant�a individualizada y pago de la ayuda
- Annex section noveno Apartado noveno. Obligaciones de las personas trabajadoras aut�nomas y/o pymes beneficiarias
- Annex section decimotercero Apartado decimotercero. Causas de revocaci�n y/o reintegro
- Annex section decimocuarto Apartado decimocuarto. Procedimiento de reintegro
- Annex section decimoquinto Apartado decimoquinto. Eficacia