Annex section primeroApartado primero. Acordar de oficio la ampliación del plazo para la ejecución de las correspondientes inversiones y de presentación de la justificación necesaria para la realización del abono de las subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Resultado de lo anterior, el plazo de ejecución de las inversiones y de justificación de la realización de las mismas se amplía hasta el 23 de noviembre de 2026. Segundo. Notifíquese la presente resolución a los interesados, mediante su publicación en el Diario Oficial de Extremadura de acuerdo con el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación, y de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento. Mérida, 2 de octubre de 2026. PD, Resol. de 9 de mayo de 2026 (DOE núm. 90, de 13 de mayo), La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA
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