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Convenios.-Resolución de 19 de octubre de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud (SES) y la Universidad de Extremadura (UEx) en el marco de desarrollo de la vigilancia de mosquito de género Culex y detección del virus del Nilo en Extremadura. RCN202600287.

X 2026062697/doees-x-doe-2026-2100-2026062697Oct 30, 2026

  1. Annex section primero Apartado primero. Que el Servicio Extremeño de Salud (en adelante SES) es un Organismo Autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, adscrito a la Consejería competente en materia sanitaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, disponiendo de tesorería propia y facultades de gestión del patrimonio afecto. Entre sus funciones se encuentra el control sanitario del medio ambiente, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras Consejerías. Segundo. La Universidad de Extremadura (en adelante UEx) es una Institución de Derecho Público, que tiene entre sus fines la investigación y la docencia en diversas áreas del conocimiento, incluyendo la salud ambiental y la vigilancia entomológica de distintos vectores, entre ellos los mosquitos de género Aedes y Culex. La investigación relativa a la materia es competencia del departamento de la Parasitología de la Facultad de Veterinaria de la UEx Los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo, establecen entre sus fines el apoyo científico y técnico al desarrollo social, económico y cultural, y el mejor conocimiento en todos sus aspectos de la Comunidad Autónoma de Extremadura; así como la cooperación para el desarrollo, y el intercambio científico, técnico con otras instituciones y entidades tanto españolas como extranjeras. Para el cumplimiento de sus fines la Universidad tiene competencia para el establecimiento de relaciones y convenios de colaboración con todo tipo de entidades públicas y privadas. Tercero. Que la situación epidemiológica en Extremadura en los últimos años evidencia un incremento sostenido del riesgo de exposición y desarrollo de la enfermedad de Fiebre del Virus del Nilo: — Año 2023: 13 casos (11 confirmados y 2 probables). Incidencia: 1,23/100.000 habitantes. — Año 2024: 37 casos (32 confirmados y 5 probables). Incidencia: 3,51/100.000 habitantes. — Año 2025: 39 casos (35 confirmados y 4 probables). Incidencia: 3,70/100.000 habitantes. En este contexto, resulta imprescindible implementar un sistema de vigilancia entomológica estructurada, integrado con la vigilancia epidemiológica, que permita: — La detección precoz del vector. — La identificación de ejemplares infectados. — La adopción inmediata de medidas preventivas y de control. Cuarto. Que, dado que el territorio se encuentra en un escenario de riesgo 2, la vigilancia debe incluir no solo la captura e identificación de mosquitos, sino también la detección de ARN viral, como sistema de alerta temprana. Quinto. El SES, con el fin de la protección de la salud respecto a las enfermedades emergentes transmitidas por vectores, así como para dar cumplimiento a los objetivos y líneas de actuación del Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a Enfermedades trasmitidas por Vectores, y en el marco del Plan Estratégico de Salud y Medioambiente y salud, elaboró su propio Plan de Prevención y Respuesta frente a enfermedades transmitidas por vectores , en el que en su parte I Mosquitos , ya realiza una colaboración en la vigilancia entomológica de mosquito del género Aedes. De la misma forma una vez diseñado la parte correspondiente al género Culex, resulta fundamental, al igual que en Aedes, el desarrollo de un sistema de vigilancia del vector y del virus en el vector, que requiere por una parte adquisición de trampas y uso de recursos humanos propios del SES, así como también se hacen necesarios los servicios del departamento de la Parasitología de la Facultad de Veterinaria de la UEx. Sexto. Que se considera de mutuo interés establecer la fórmula de colaboración a través del presente Convenio, con el objeto de facilitar el desarrollo de un sistema de vigilancia entomológica del mosquito del género Culex. Por lo expuesto, los firmantes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por lo establecido a continuación: