Chile
Vigente Decreto ley 19 unidades
Decreto-Lei
DL 37cl-decree-law-1924-10-11-3711 oct 1924
- Artículo 1 o Se establece un impuesto fiscal a las barajas, fonógrafos, pianos y pianos eléctricos, en la forma que determina la presente lei
- Artículo 2 o-a) Barajas nuevas, usadas o lavadas, sean importadas o nacionales, cincuenta por ciento (50%) sobre su precio de venta al consumidor;
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6 o Las especies gravadas por esta lei, que fueren obtenidas, vendidas o encontradas sin el impuesto legal, caerán en comiso
- Artículo 7
- Artículo 8 o Las responsabilidades provenientes de las infracciones a la presente lei, tendrán la misma preferencia que fija el número 6
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14 No serán apelables las sentencias interlocutorias que se dicten en estos juicios
- Artículo 15 Se declara libre de impuesto establecido en el artículo 2
- Artículo 16 Un Reglamento especial deteminará la forma de percepcion de este impuesto y la de espendio de barajas
- Artículo 17 La fiscalizacion y cumplimiento de esta lei estará a cargo de la Direccion Jeneral de Impuestos Internos, la que atenderá este servicio con su personal actual
- Artículo 18 Deróganse todas las disposiciones contrarias a la presente lei
- Artículo 19 Este decreto-lei comenzará a rejir desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial