Cile
In vigore Decreto ley 19 unità
Decreto-Lei
DL 37cl-decree-law-1924-10-11-3711 ott 1924
- Articolo 1 o Se establece un impuesto fiscal a las barajas, fonógrafos, pianos y pianos eléctricos, en la forma que determina la presente lei
- Articolo 2 o-a) Barajas nuevas, usadas o lavadas, sean importadas o nacionales, cincuenta por ciento (50%) sobre su precio de venta al consumidor;
- Articolo 3
- Articolo 4
- Articolo 5
- Articolo 6 o Las especies gravadas por esta lei, que fueren obtenidas, vendidas o encontradas sin el impuesto legal, caerán en comiso
- Articolo 7
- Articolo 8 o Las responsabilidades provenientes de las infracciones a la presente lei, tendrán la misma preferencia que fija el número 6
- Articolo 9
- Articolo 10
- Articolo 11
- Articolo 12
- Articolo 13
- Articolo 14 No serán apelables las sentencias interlocutorias que se dicten en estos juicios
- Articolo 15 Se declara libre de impuesto establecido en el artículo 2
- Articolo 16 Un Reglamento especial deteminará la forma de percepcion de este impuesto y la de espendio de barajas
- Articolo 17 La fiscalizacion y cumplimiento de esta lei estará a cargo de la Direccion Jeneral de Impuestos Internos, la que atenderá este servicio con su personal actual
- Articolo 18 Deróganse todas las disposiciones contrarias a la presente lei
- Articolo 19 Este decreto-lei comenzará a rejir desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial