Articolo 14No serán apelables las sentencias interlocutorias que se dicten en estos juicios
Articolo 15Se declara libre de impuesto establecido en el artículo 2
Articolo 16Un Reglamento especial deteminará la forma de percepcion de este impuesto y la de espendio de barajas
Articolo 17La fiscalizacion y cumplimiento de esta lei estará a cargo de la Direccion Jeneral de Impuestos Internos, la que atenderá este servicio con su personal actual
Articolo 18Deróganse todas las disposiciones contrarias a la presente lei
Articolo 19Este decreto-lei comenzará a rejir desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial