DL 158

FIJA NORMAS PARA LOS INGRESOS QUE SE EFECTUEN EN EL SERVICIO DE TESORERIAS Y EN LAS MUNICIPALIDADES POR LOS CONCEPTOS QUE SEÑALA

Artículo 1Todos los ingresos que se efectúen en

Artículo 2El Servicio de Tesorerías procederá a

Artículo 3Asimismo, queda autorizado para aplicar

Artículo 4Todos los pagos que efectúen las

Artículo 5El Servicio de Tesorerías procederá a

Artículo 6Todos los descuentos en favor de las

Artículo 7Las disposiciones contenidas en los

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io