🇨🇱 Chile
Vigente Decreto ley 33 unidades
MODIFICA LA LEY DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS CONTENIDA EN EL DECRETO LEY N° 619, DE 1974
DL 3.475cl-decree-law-1980-09-04-347530 ene 2026
- Artículo 1 Grávase con el impuesto que se indica
- Artículo 2 La prórroga o la renovación de los
- Artículo 2 bis Las colocaciones de bonos o títulos
- Artículo 3 En reemplazo de los impuestos
- Artículo 4
- Artículo 5 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
- Artículo 6 Para los efectos de aplicar las
- Artículo 7 En los actos, contratos u otras
- Artículo 8 La base imponible de los documentos
- Artículo 9 Son sujetos o responsables del pago de
- Artículo 10 Tratándose del impuesto del artículo
- Artículo 11 Los impuestos que establece el artículo
- Artículo 12 En los actos, contratos u otras
- Artículo 13 El contribuyente que recibiere un
- Artículo 14 Los impuestos del presente decreto ley
- Artículo 15 Salvo norma expresa en contrario los
- Artículo 16 Los notarios y los Oficiales del
- Artículo 17 Los impuestos establecidos en esta ley
- Artículo 18 El Director del Servicio de Impuestos
- Artículo 19 El tipo, forma y características de las
- Artículo 20 Las Tesorerías Fiscales y Oficinas de
- Artículo 21 Las estampillas que se empleen para el
- Artículo 22 El empleo de máquinas timbradoras de
- Artículo 23 Sólo estarán exentas de los impuestos
- Artículo 24 Sólo estarán exentos de los impuestos
- Artículo 25 La infracción a las disposiciones del
- Artículo 26 Los documentos que no hubieren pagado
- Artículo 27 Sin perjuicio de la responsabilidad que
- Artículo 28 Cuando por adolecer un acto o contrato
- Artículo 29 No obstante el carácter documentario de
- Artículo 30 Las tasas fijas de este decreto ley
- Artículo 31 Para los efectos de fijar el monto de
- Artículo 32 El presente decreto ley empezará a