Ley 7.738

DISPONE QUE LOS DUEÑOS DE INMUEBLES HIPOTECADOS EN FAVOR DE LA CORPORACION DE RECOSTRUCCION TENDRAN DERECHO A QUE SE LES REBAJE EL IMPUESTO O CONTRIBUCION CORRESPONDIENTE AL SALDO ADEUDADO

Artículo

Artículo 2° Para los fines expresados en el artículo anterior, las fracciones de cien pesos se estimarán como entero en los saldos adeudados

Artículo 3

Artículo 4° Condónanse las costas, intereses y multas causados en las ejecuciones que se hayan iniciado para el cobro de las constribuciones a que se refiere el artículo 1

Artículo 5° La presente ley regirá desde la fecha de de su publicación en el Diario Oficial"

Citenza

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