🇨🇱 Chile
Ley 11 unidades
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY PARA CONTRATAR EMPRESTITO POR LA SUMA DE $ 170,000.
Ley 7.880cl-law-1944-10-17-788017 oct 1944
- Artículo
- Artículo 2
- Artículo 3 ° El producto de este empréstito se invertirá en los siguientes fines:
- Artículo 4 ° Si realizada alguna de las obras enumeradas en el artículo anterior quedaren fondos sobrantes, podrán éstos destinarse a cualquiera otra de las partidas consultadas en el mismo artículo
- Artículo 5
- Artículo 6 ° La Municipalidad queda facultada para efectuar amortizaciones extraordinarias del empréstito, siempre que éstas se efectúen por cantidades no inferiores a un mil pesos
- Artículo 7
- Artículo 8 ° En caso de que los recursos a que se refiere el artículo 5
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11 ° La presente ley regirá desde su publicación en el "Diario Oficial"