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🇨🇱 Chile
Vigente
Ley
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CONCEDE A LOS SOBREVIVIENTES DE LA CAMPAÑA 1879 - 1884 LOS ASCENSOS QUE INDICA
Ley 9.940
cl-law-1951-08-01-9940
1 ago 1951
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Artículo 2
o El mayor gasto que signifique la presente ley se imputará a la economía, que en el rubro de pensiones, se produce por fallecimientos de estos servidores"