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Ley
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AUTORIZA LA ERECCION DE UN MONUMENTO A LA MEMORIA DE DON FRANCISCO DE MIRANDA
Ley 10.373
cl-law-1952-08-13-10373
13 ago 1952
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Artículo
Artículo 2
° El Presidente de la República fijará las condiciones y la ubicación del monumento, y designará la Comisión que tendrá a su cargo los trabajos correspondientes"