Ley 10.394

ESTABLECE EL IMPUESTO QUE INDICA A BENEFICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE PORVENIR

Artículo 1

Artículo 2o El cobro de este impuesto adicional cesará desde el momento en que en las comunas en que se aplique rija un nuevo avalúo para los bienes raíces en conformidad a la ley N

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io