🇨🇱 Chile
Ley 9 unidades
CREA UN IMPUESTO ADICIONAL POR LITRO DE BENCINA QUE SE EXPENDA EN EL PAIS Y UN IMPUESTO ADICIONAL SOBRE EL AVALUO DE LA PROPIEDAD RAIZ
Ley 11.508cl-law-1954-03-02-115082 mar 1954
- Artículo
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5 o Después de cumplidos los fines señalados en el artículo 1
- Artículo 6
- Artículo 7 o La ejecución de las obras a que se refiere esta ley estará a cargo de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y ellas se realizarán por licitación pública
- Artículo 8 o Los impuestos contemplados en esta ley no se considerarán en ningún caso como contribuciones adicionales para los efectos de la exención contemplada en el artículo 15 de la ley N
- Artículo 9 o Los funcionarios que infringieren las disposiciones contenidas en las artículos 1