🇨🇱 Chile
Vigente Ley 9 unidades
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ILLAPEL PARA CONTRATAR UNO O MAS EMPRESTITOS HASTA POR LA SUMA DE $ 7.000.000
Ley 11.619cl-law-1954-10-07-116197 oct 1954
- Artículo
- Artículo 2
- Artículo 3 El producto del o los empréstitos autorizados por esta ley se invertirá exclusivamente en las siguientes obras:
- Artículo 4
- Artículo 5 El servicio del o los empréstitos autorizados por la presente ley se atenderá con los siguientes impuestos y entradas municipales:
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9