🇨🇱 Chile
Vigente Ley 14 unidades
ESTABLECE QUE LAS PERSONAS QUE SE DESEMPEÑEN COMO CARGADORES EN LAS FERIAS Y MERCADOS MUNICIPALES, CON EXCEPCION DE LAS FERIAS LIBRES, ESTARAN AFECTAS AL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL.
Ley 14.157cl-law-1960-10-27-1415720 ene 1972
- Artículo 1 Las disposiciones de la presente ley se
- Artículo 2 Las Municipalidades de cada localidad en
- Artículo 3 Los obreros matriculados estarán afectos
- Artículo 4 Para los efectos de determinar los
- Artículo 5 Las imposiciones al Servicio de Seguro
- Artículo 6 El monto total de los aportes patronales
- Artículo 7 Las Municipalidades deberán integrar en
- Artículo 8 Los obreros asegurados en conformidad a
- Artículo 9 Las Municipalidades deberán enviar al
- Artículo 10 Las disposiciones de la ley 10
- Artículo 11 Los Tesoreros Municipales y los
- Artículo 1 Para las personas que se encontraren
- Artículo 2 Las Municipalidades deberán proceder a
- Artículo 3 Las Municipalidades, dentro del plazo de