Ley 16.317

MODIFICA LOS ARTICULOS 162° Y 315° DEL CODIGO DEL TRABAJO

Artículo 1Reemplázase el artículo 162° del Código del Trabajo por el siguiente:

Artículo 2Agrégase en el inciso primero del artículo 315° del Código del Trabajo, a continuación de la palabra "obreras", las expresiones "o empleadas"

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