Ley 16.508

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA PARA PACTAR LA CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD DESTINADA A CONSTRUIR Y EXPLOTAR EL EDIFICIO QUE SEÑALA

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3Los acuerdos correspondientes a los dos artículos anteriores deberán adoptarse con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio

Artículo 4Las utilidades que obtenga la Corporación Edilicia del giro de dicha Sociedad, ingresarán en su presupuesto ordinario

Artículo 5

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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