Ley 16.513

AUTORIZA ERECCION DE UN MONUMENTO, LA EMISION DE ESTAMPILLAS POSTALES Y AEREAS Y UNA COLECTA PUBLICA A LA MEMORIA DEL CARDENAL ARZOBISPO DE SANTIAGO Y PRIMADO DE CHILE DOCTOR JOSE MARIA CARO RODRIGUEZ

Artículo 1Autorízase la erección de un monumento en el centro de la ciudad de Santiago a la memoria del Cardenal Arzobispo de Santiago y Primado de Chile, doctor José María Caro Rodríguez

Artículo 2

Artículo 3Créase una Comisión, ad-honorem, encargada de determinar la ubicación y características del monumento y de su recepción definitiva, la que estará integrada por las siguientes personas:

Artículo 4El producto de la emisión de las estampillas autorizada por el artículo 2° se destinará a financiar el monumento a que se refiere el artículo 1°

Artículo 5La Dirección de Especies Valoradas determinará las características de la emisión que autoriza la presente ley, de acuerdo con la Comisión a que se refiere el artículo 3°

Artículo 6

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io