Ley 16.610

ACLARA LAS DISPOSICIONES QUE CONCEDEN EL GOCE DE ASIGNACION CUANDO EL CAUSANTE ES MADRE DEL IMPONENTE

Artículo 1Tendrán derecho a impetrar el beneficio de la asignación familiar, los hijos legítimos, naturales, ilegítimos, adoptivos o legitimados adoptivamente, cuyas madres vivan a sus expensas

Artículo 2Condónanse a los obreros municipales las sumas percibidas en exceso por asignación familiar durante el año 1965

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