Ley 16.916

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA PARA CONTRATAR EL PRESTAMO QUE SEÑALA

Artículo

Artículo 2

Artículo 3El producto del o los empréstitos deberá ser invertido en los siguientes fines:

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 6

Artículo 7

Artículo 8

Artículo 9

Artículo 10Prorrógase hasta el 1° de Enero de 1970 el plazo otorgado a las Municipalidades por el artículo 26 de la ley N° 16

Artículo 11El personal de empleados de la Planta Municipal de Teléfonos de Arica, no se considerará para el cálculo del porcentaje a que se refiere el artículo 35 de la ley N° 11

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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