🇨🇱 Chile
Vigente Ley 26 unidades

AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA MODIFICAR LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A REMUNERACIONES DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y CARABINEROS MODIFICA IMPUESTOS OTRAS MATERIAS

Ley 17.267cl-law-1969-12-23-1726723 dic 1969

  1. Artículo
  2. Artículo 2 o- Dentro del plazo de 30 días, contado desde la publicación de la presente ley, el Presidente de la República deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 110 del D
  3. Artículo 3
  4. Artículo 4
  5. Artículo 5
  6. Artículo 6
  7. Artículo 7
  8. Artículo 8 Modíficase la ley N° 12
  9. Artículo 9 En el inciso primero del N° 8 del artículo 1° de la ley N
  10. Artículo 10 Elévanse en un 20% las tasas fijas de la ley N° 16
  11. Artículo 11 Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley sobre Impuestos a la Renta, contenida en el artículo 5° de la ley N° 15
  12. Artículo 12 Establécese un recargo del 20% sobre el impuesto del artículo 1° transitorio de la ley N° 14
  13. Artículo 13 Introdúcense las siguientes modificaciones a las leyes que se indican a continuación:
  14. Artículo 14 La indemnización a que se refiere el artículo 189 de la ley N° 16
  15. Artículo 15
  16. Artículo 16 Facúltase al Presidente de la República para modificar la destinación de los recursos provenientes por descuento de casa fiscal establecido en el artículo 124 del D
  17. Artículo 17 Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 235 de la ley N° 16 617, modificada por el artículo 152 de la ley N° 16
  18. Artículo 18 Reemplázase en el artículo 10 de la ley N° 12
  19. Artículo 19
  20. Artículo 20 Introdúcense al artículo 18 de la ley N° 16
  21. Artículo 21 Restablécese la vigencia del inciso tercero del artículo 18 de la ley N° 16
  22. Artículo 22 Los impuestos establecidos en la ley N° 12
  23. Artículo 23 Agrégase como inciso final del artículo 2° de la ley N° 13
  24. Artículo
  25. Artículo 2
  26. Artículo 3
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