🇨🇱 Chile
Vigente Ley 15 unidades
OBRAS DE ADELANTO LOCAL EN LA LOCALIDAD DE LUMACO
Ley 17.305cl-law-1970-05-26-1730526 may 1970
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4 El producto del o los empréstitos deberá ser destinado por la Municipalidad de Lumaco a los siguientes fines:
- Artículo 5 El Ministerio de Obras Públicas y Transportes considerará dentro de sus facultades, planes y programas, en forma preferente, la construcción de la red de alcantarillado para el pueblo de Lumaco
- Artículo 6
- Artículo 7 La Municipalidad de Lumaco destinará al servicio del o los empréstitos el rendimiento del impuesto territorial de uno por mil, señalado en la letra e) del artículo 2° del decreto de Hacienda N° 2
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12 Autorízase a la Municipalidad de Lumaco para erigir un monumento en la ciudad del mismo nombre, destinado a honrar la memoria de su fundador, coronel Cornelio Saavedra
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15 Agrégase al inciso primero del artículo único de la ley N