Ley 17.586

AUTORIZA ERECCION DE MONUMENTO, POR EROGACION PUBLICA, EN EL LUGAR QUE SEÑALA, A LA MEMORIA DEL OBISPO MONSEÑOR MANUEL LARRAIN ERRAZURIZ

Artículo

Artículo 2Autorízase al Presidente de la República para que disponga una emisión de estampillas postales y aéreas recordatorias de la vida y obra de Monseñor Larraín

Artículo 3Créase una Comisión, ad honorem, encargada de determinar la ubicación, características del monumento y su recepción definitiva, la que estará integrada por las siguientes personas

Artículo 4La Comisión de Estampillas Postales, de acuerdo con la Comisión a que se refiere el artículo 3°, determinará las características de la emisión de sellos que autoriza la presente ley

Artículo 5

Artículo 6Se autoriza al Consejo Superior de Defensa Nacional para donar el bronce para la ejecución del monumento a que se refiere la presente ley

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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