Ley 17.956

PRORROGA PLAZO QUE INDICA PARA APLICACION DEL IMPUESTO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 56, TRANSITORIO DE LA LEY N° 12.084

Artículo

Artículo 2

Artículo 3Con este mismo quórum, los municipios quedarán facultados para:

Artículo 4

Artículo 5El pago de los intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda contraída por la Municipalidad de Osorno en virtud de las leyes N°s 14

Artículo 6Los saldos de los fondos provenientes de las leyes N°s

Artículo 7

Artículo 8

Citenza

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