Ley 17.956

PRORROGA PLAZO QUE INDICA PARA APLICACION DEL IMPUESTO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 56, TRANSITORIO DE LA LEY N° 12.084

Articolo

Articolo 2

Articolo 3Con este mismo quórum, los municipios quedarán facultados para:

Articolo 4

Articolo 5El pago de los intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda contraída por la Municipalidad de Osorno en virtud de las leyes N°s 14

Articolo 6Los saldos de los fondos provenientes de las leyes N°s

Articolo 7

Articolo 8

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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