Ley 18.744

CREACION, INTEGRACION Y AUTORIZACION DE UNIVERSIDADES QUE INDICA

Artículo

Artículo 2Serán aplicables a la Universidad del

Artículo 3Deróganse los decretos con fuerza de

Artículo 4El actual personal del Instituto

Artículo 5Los alumnos del Instituto Profesional de

Artículo 6Los actuales alumnos del Instituto

Artículo 7Los aportes fiscales, directos e

Artículo 8Facúltase al Presidente de la

Artículo

Artículo 10El proceso de integración deberá

Artículo 11El personal del Instituto Profesional de

Artículo 12Producida la integración, los alumnos

Artículo 13Producida la integración, los aportes

Artículo

Artículo

Artículo 2Radícanse por el plazo de 180 días,

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io