Chile
Vigente Ley 50 unidades
MODIFICA PLANTAS DE PERSONAL DE SERVICIOS QUE INDICA Y DICTA NORMAS EN MATERIA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO
Ley 19.269cl-law-1993-11-29-192699 jul 2018
- Artículo 1 Modifícase, a contar del 1° de enero
- Artículo 2 Los funcionarios que a la fecha de
- Artículo 3 Modifícase, a contar del 1° de enero
- Artículo 4 En los cargos de jefes de
- Artículo 5 Modifícase, a contar del 1° de enero
- Artículo 6 Los funcionarios que, a la fecha de
- Artículo 7 Modifícase, a contar del 1° de enero
- Artículo 8 Modifícase, a contar del 1° de enero
- Artículo 9 Los funcionarios que, a la fecha de
- Artículo 10 Sustitúyense, a contar del 1° de enero
- Artículo 11 El Director Nacional del Instituto de
- Artículo 12 Sustitúyense, a contar del 1° de enero
- Artículo 13 Establécense los siguientes requisitos
- Artículo 14 El Tesorero General de la República
- Artículo 15 Intercálase en el artículo 123 de la
- Artículo 16 Modifícase, a contar del 1° de enero de
- Artículo 17 Los funcionarios del Servicio Nacional de
- Artículo 18 Modifícase, a contar del 1° de enero de
- Artículo 19 Los encasillamientos y provisiones de
- Artículo 20 Intercálase, a continuación del inciso
- Artículo 21 Agrégase, en el inciso cuarto del
- Artículo 22 Introdúcese la siguiente modificación
- Artículo 23 Los profesionales de la educación
- Artículo 24 Reemplázase, en el encabezamiento del
- Artículo 25 Agrégase, la siguiente letra e), al
- Artículo 26 El personal de la Dirección de Crédito
- Artículo 27 El personal a contrata del Instituto de
- Artículo 28 Los cargos de las Plantas de Técnicos
- Artículo 29 Reemplázase, en el artículo 5° del
- Artículo 30 Sustitúyese en la Partida 10, Capítulo
- Artículo 31 Otórgase, por una sola vez, una
- Artículo 32 Reemplázase, a contar del 1° de enero
- Artículo 33 Agrégase, a contar del 1° de enero de
- Artículo 34 Fíjase la dotación máxima de personal,
- Artículo 35 Fíjase lA dotación máxima de personal,
- Artículo 36 Facúltase al Presidente de la República
- Artículo 37 El mayor gasto que represente la
- Artículo 38 Modifícase el artículo 8° del decreto
- Artículo 39 Los aumentos de los montos de las
- Artículo 40 El personal a contrata del Instituto de
- Artículo 41 Modifícase el artículo 2° de la ley
- Artículo 42 Los Escalafones Masculinos y Femeninos de
- Artículo 43 Al personal de las Plantas de Oficiales y
- Artículo 44 Modifícase, a contar del 1° de enero de
- Artículo 45 Agrégase al decreto con fuerza de ley
- Artículo 46 Facúltase al Presidente de la República
- Artículo 47 Sustitúyese el párrafo relativo a los
- Artículo 48 El personal que actualmente ocupe un
- Artículo 49 Modifícase el artículo 4° de la ley
- Artículo Las modificaciones de plantas