Ley 19.913

CREA LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO Y MODIFICA DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS

Sección 1. Párrafo 1º

Artículo 1Créase la Unidad de Análisis

Artículo 2La Unidad de Análisis Financiero

Sección 2. Párrafo 2º

Artículo 3Las personas naturales y las personas

Artículo 4El deber de informar previsto en el

Artículo 5Las entidades descritas en el artículo

Artículo 6Prohíbese a las personas e

Artículo 7La infracción a lo dispuesto en el

Sección 3. Párrafo 3º

Artículo 8El Director tendrá la representación

Artículo 9En caso de ejercerse acciones en contra

Artículo 10Para desempeñar el cargo de Director de

Artículo 11El personal de planta y a contrata de la

Artículo 12La calidad de funcionario directivo de

Artículo 13El que preste servicios, a cualquier

Artículo 14La Unidad de Análisis Financiero podrá

Artículo 15Queda estrictamente prohibido al

Artículo 16El régimen de remuneraciones del

Artículo 17La Unidad contará con la siguiente

Artículo 18El patrimonio de la Unidad de Análisis

TÍTULO II. TITULO II

Artículo 19Las personas naturales o jurídicas que

Artículo 20La comisión de las infracciones

Artículo 21En el caso que la infracción haya sido

Artículo 22Los procedimientos administrativos para

Artículo 22 bisTratándose de hechos u omisiones

Artículo 23En contra de las resoluciones de la

Artículo 24Los afectados por resoluciones de la

Artículo 25La Unidad comunicará la aplicación de

Artículo 26Los plazos administrativos establecidos

TÍTULO III. TITULO III

Artículo 27Será castigado con presidio mayor en

Artículo 28Los que se asociaren u organizaren con

Artículo 29Agrégase, al final del inciso segundo

Artículo 30Agrégase, en el artículo 14 de la Ley

Artículo 31La investigación de los delitos a que

Artículo 32En la investigación de los delitos

Artículo 33Sin perjuicio de lo dispuesto en la

Artículo 33 bisSin perjuicio de lo establecido en

Artículo 34Deróganse los artículos 12 y 17 de la

Artículo 35Toda referencia hecha en cualquier ley o

Artículo 36Los bienes incautados o el producto de

Artículo 37Durante la investigación de los delitos

Artículo 38Las personas naturales y jurídicas

Artículo 39La infracción de lo dispuesto en el

Artículo 40Todas las personas naturales o

Artículo 41El funcionario público que, en razón

Artículo 1En aquellas regiones en que no haya

Artículo 2Sin perjuicio de lo dispuesto en el

Artículo 3Sin perjuicio de lo dispuesto en los

Artículo 4El mayor gasto fiscal que represente la

Artículo 5El Presidente de la República,

Artículo 6Fíjase la dotación máxima de

Artículo 7Lo dispuesto en el Párrafo 2º del

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