Ley 21.675

ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN RAZÓN DE SU GÉNERO

TÍTULO I. TÍTULO I

Artículo 1Objeto de la ley

Artículo 2Definición de los conceptos de niña, adolescente, mujer adulta y mujer

Artículo 3Principios

Artículo 4Reglas especiales de interpretación

Artículo 5Definición de violencia de género

Artículo 6Formas de violencia de género

TÍTULO II. TÍTULO II DE LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y DE LA ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS

Artículo 7Deberes del Estado

Sección I. Párrafo I

Artículo 8Objetivos de las medidas de prevención de la violencia de género

Artículo 9Medidas generales de prevención de la violencia de género

Artículo 10Obligaciones especiales de prevención de la violencia de género del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género

Artículo 11Obligaciones especiales de prevención de la violencia de género en el ámbito de la salud

Artículo 12Obligaciones especiales de prevención de la violencia de género en el ámbito de la educación

Artículo 13Obligaciones especiales de prevención de la violencia de género en el ámbito de la seguridad pública y penitenciaria

Artículo 14Obligaciones especiales de prevención de la violencia de género en el ámbito laboral

Artículo 15Obligaciones especiales de prevención de la violencia de género en los medios de comunicación

Sección II. Párrafo II

Artículo 16Objetivos de las medidas generales de atención, protección y reparación de mujeres víctimas de violencia de género

Artículo 17Obligaciones especiales de atención, protección y reparación a las víctimas de violencia de género del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género

Artículo 18Obligaciones especiales de atención, protección y reparación a las víctimas de violencia de género en el ámbito de la salud

Artículo 19Obligaciones especiales de atención y protección de salud para víctimas de violencia sexual

Artículo 20Obligaciones especiales de atención, protección y reparación de las víctimas de violencia de género en el ámbito de la educación

Artículo 21Obligaciones de protección a las víctimas de violencia de género en el ámbito de la seguridad pública y penitenciaria y en la persecución penal

Artículo 22Obligaciones especiales de atención y protección a las víctimas de violencia de género en el ámbito laboral

Sección III. Párrafo III

Artículo 23Comisión de Articulación Interinstitucional para Abordar la Violencia de Género

Artículo 24Funciones de la Comisión de Articulación Interinstitucional para Abordar la Violencia de Género

Artículo 25Plan Nacional de Acción contra la Violencia de Género

Artículo 26Sistema Integrado de Información sobre Violencia de Género

Artículo 27Datos personales de las víctimas registrados en el Sistema Integrado de Información sobre Violencia de Género

Artículo 28Deber de reserva y confidencialidad respecto de la información y datos contenidos en el Sistema Integrado de Información sobre Violencia de Género

TÍTULO III. TÍTULO III

Artículo 29Ámbito de aplicación y competencia

Artículo 30Obligaciones generales de los órganos del Estado frente a las denuncias por hechos de violencia de género

Artículo 31Primeras diligencias ante denuncias por violencia de género

Artículo 32Derechos y garantías procedimentales de las víctimas de violencia de género

Artículo 33Situación de riesgo inminente de padecer violencia de género

Artículo 34Medidas cautelares especiales frente a situaciones de riesgo inminente de padecer violencia de género

Artículo 35Notificación de las medidas cautelares

Artículo 36Medidas accesorias especiales en las causas de violencia de género

Artículo 37De la asistencia y representación judicial a las víctimas de violencia de género

Artículo 38Competencia de los tribunales de familia

Artículo 39Sanción al maltrato constitutivo de violencia de género

Artículo 40Incompetencia y remisión de antecedentes

Artículo 41Supervisión judicial

Artículo 42Legislación aplicable

Artículo 43Improcedencia de atenuante de responsabilidad

Artículo 44Acuerdos reparatorios

Artículo 45Suspensión condicional del procedimiento

Artículo 46Retractación de la víctima

Artículo 47Medida accesoria de tratamiento para rehabilitación de consumo problemático de drogas y alcohol

Artículo 48Obligaciones de protección del Ministerio Público

Artículo 49Deber de conocimiento de las y los fiscales del Ministerio Público

Artículo 50Supervisión judicial en materias penales

Artículo 51Reglas especiales para los casos de violencia sexual

TÍTULO IV. TÍTULO IV

Artículo 52Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Civil:

Artículo 53Reemplázase el inciso tercero del artículo 18 de la ley N°19

Artículo 54Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N°20

Artículo 55Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N°19

Artículo 56Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal:

Artículo 57

Artículo 58Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N°3

Artículo 59Agrégase en el inciso primero del artículo 2 de la ley N°20

Artículo 60Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N°18

Artículo primero

Artículo segundoLos reglamentos a los que se refiere esta ley se dictarán dentro del plazo de doce meses contado desde su publicación en el Diario Oficial

Artículo terceroLa Comisión de Articulación Interinstitucional para Abordar la Violencia de Género establecida en el artículo 23 comenzará a funcionar seis meses después de la dictación de su reglamento

Artículo cuarto

Artículo quinto

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