Ley 21.830

REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, ASÍ COMO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y DEL SUBSIDIO FAMILIAR

Artículo 1

Artículo 2A contar del 1 de mayo de 2026, elévase a $412

Artículo 3A contar del 1 de mayo de 2026, elévase a $356

Artículo 4Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso primero del artículo 1 de la ley N° 18

Artículo 5Sustitúyense, en el inciso segundo del artículo 1 de la ley N° 18

Artículo 6

Artículo 7

Artículo transitorioEl mayor gasto que represente la aplicación de las disposiciones contenidas en esta ley en el año 2026 se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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