🇨🇱 Chile
Derogada DFL 64 unidades
DFL 1.730cl-legislative-decree-1927-08-26-173026 ago 1927
- Artículo
- Artículo 2
- Artículo 4 o Las Zonas de Impuestos estarán a cargo de un Administrador de Zona y las Inspecciones de Iquique y Magallanes, a cargo de un Inspector Jefe
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo 9 o Además de las funciones y atribuciones especiales que les corresponden como jefes de las distintas Inspecciones Generales, señaladas en los párrafos 9
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo 23
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo
- Artículo 29
- Artículo 30 Las fianzas de los empleados se extenderán expresamente a todos sus actos y obligaciones dentro del servicio
- Artículo 31 No podrá ser empleado de la Dirección General de Impuestos Internos ninguna persona que tenga parentesco, dentro del 4
- Artículo 32
- Artículo
- Artículo 34 Habrá 18 grados de empleados, con los sueldos anuales que se indican:
- Artículo 35
- Artículo 36 El Director General de Impuestos Internos tendrá la categoría correspondiente al grado 1
- Artículo 37 El Asesor Jurídico y el Asesor Técnico tendrán la categoría correspondiente al grado 2
- Artículo 38 El personal de Inspectores tendrá el siguiente escalafón:
- Artículo 39 El personal de contadores de la Dirección General de Impuestos Internos tendrá el siguiente escalafón:
- Artículo 40 El personal de Ingenieros de la Dirección General de Impuestos Internos tendrá el siguiente escalafón:
- Artículo 41 El personal de abogados de la Dirección General de Impuestos Internos tendrá el siguiente escalafón:
- Artículo 42 El personal administrativo de la Dirección General de Impuestos Internos tendrá el siguiente Escalafón:
- Artículo 43 El personal de Químicos de los Laboratorios de la Dirección General de Impuestos Internos tendrá el siguiente escalafón:
- Artículo 44 Los agrimensores de la Dirección General de Impuestos Internos tendrán la categoría correspondiente al grado 10
- Artículo 45 Los dibujantes de la Dirección General de Impuestos Internos tendrán el siguiente escalafón:
- Artículo 46 El personal de porteros de la Dirección de Impuestos Internos tendrá el siguiente escalafón:
- Artículo
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo
- Artículo 51 Las calificaciones se comunicarán al personal en el mes de Enero de cada año y éste tendrá derecho a reclamar de ellas dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se le hayan comunicado
- Artículo
- Artículo 53 Las sanciones por infracciones leves las aplicarán los jefes inmediatos, que responden ante el Director de la disciplina y eficiencia del personal
- Artículo 54 El Director General solicitará la separación del empleado que obtenga dos calificaciones anuales malas
- Artículo 55 Las sanciones por infracciones graves y gravísimas las aplicará el Director General a pedido de los jefes inmediatos que responden ante él de la disciplina y eficiencia del personal
- Artículo
- Artículo 57
- Artículo 58 En la entrega de la Administración de una Zona intervendrá el Visitador General
- Artículo 59
- Artículo 60 Esta asignación no se hará efectiva cuando la traslación del empleado sea solicitada por él o se deba a alguna medida disciplinaria
- Artículo 61 El personal de Impuestos que se ausente del lugar de su residencia en comisión de servicio, calificada por el jefe respectivo, tendrá derecho a los siguientes viáticos:
- Artículo
- Artículo 63
- Artículo 64 El personal de Inspectores contratados por decreto del Ministerio de Hacienda N
- Artículo 65