🇨🇱 Chile
DFL 8 unidades
DFL 90cl-legislative-decree-1931-04-13-9013 abr 1931
- Artículo 1 o Agrégase a continuación de la palabra "auríferas" que emplea el inciso 1
- Artículo 2 o Inclúyese entre las substancias denunciables comprendidas en el inciso 2
- Artículo 3 o Modifícase en la siguiente forma el artículo 56 del Código de Minería:
- Artículo 4 o Agrégase al final del inciso 1
- Artículo
- Artículo 2 o Se concede un plazo especial hasta el día 1
- Artículo 3 o Los tesoreros cumplirán por esta vez, con la obligación de pasar al Juzgado respectivo la nómina de las minas morosas, dentro de la primera quincena del mismo mes de Octubre
- Artículo 4 o Las pertenencias mineras morosas que han debido pagar sus patentes en Marzo de 1930 y fueron prorrogadas hasta el 1