DFL 90

Artículo 1o Agrégase a continuación de la palabra "auríferas" que emplea el inciso 1

Artículo 2o Inclúyese entre las substancias denunciables comprendidas en el inciso 2

Artículo 3o Modifícase en la siguiente forma el artículo 56 del Código de Minería:

Artículo 4o Agrégase al final del inciso 1

Artículo

Artículo 2o Se concede un plazo especial hasta el día 1

Artículo 3o Los tesoreros cumplirán por esta vez, con la obligación de pasar al Juzgado respectivo la nómina de las minas morosas, dentro de la primera quincena del mismo mes de Octubre

Artículo 4o Las pertenencias mineras morosas que han debido pagar sus patentes en Marzo de 1930 y fueron prorrogadas hasta el 1

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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